La orientación sexual es libertad, no una excentricidad: Prisión a quien imparta terapias de reorientación sexual

A través de la historia, la sexualidad se ha vivido de múltiples formas. Han existido periodos de cierta liberación sexual, junto con otras épocas más puritanas. Mencionar las palabras «vagina», «pene», «coito», «preservativo», etc. en ciertos contextos crea fuertes impresiones. Causa curiosidad que algo tan básico como la sexualidad provoque estas reacciones. Además, el tabú no se limita a situaciones «políticamente correctas», también podemos encontrarlo en multitud de familias o inclusive en colegios o institutos. Pareciera que el sexo no es un tema familiar ni escolar.

Desde vergonzosas campañas en contra de la homosexualidad a crueles y cobardes ataques contra las personas que no optan por una orientación heterosexual, surgió la controversial, escandalosa y vil terapia de reorientación sexual.

También conocida como “terapia reparativa” o “terapia de conversión”, se trata de una serie de métodos que buscan la modificación de la orientación sexual de personas bisexuales y homosexuales para eliminar o aminorar sus deseos y comportamientos homosexuales. Para este fin, se aplica el método psiquiátrico y psicológico conocido como terapia de aversión, el psicoanálisis, la modificación y el moldeamiento del comportamiento, el consejo religioso y la oración. Este tratamiento suele llevarse a límites extremos, provocando en el “paciente enfermo” dolor, tortura, aflicción, angustia y daño físico o emocional.

Actualmente, el Senado de la República busca que se sancione con dos a seis años de prisión y con multas de hasta 86 mil 880 a 173 mil 760 a quienes obliguen o impartan terapias de reconversión sexual. Las comisiones de Justicia y de Estudios Legislativos Segunda aprobaron el dictamen que reforma el Código Penal Federal y la Ley General de Salud, con el objetivo de prohibir y sancionar penalmente las terapias de reorientación sexual.

Este tipo de terapias son usualmente conocidas como Esfuerzos por Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (Ecosig). El dictamen sostiene que las “tan anunciadas y practicadas” Ecosig son violatorias de los derechos humanos y una forma discriminatoria que excluye a las personas por su preferencia sexual. El proyecto de decreto también adiciona el artículo 465 Bis a la Ley General de Salud, a fin de precisar que a los profesionales, técnicos o auxiliares de las disciplinas para la salud que realicen este tipo de prácticas se les aplicarán las mismas penas, además, de ser suspendidos en el ejercicio profesional, hasta por tres años. En caso de reincidencia, se les cancelará el registro de la cédula profesional respectiva.

¿Por qué intentar cambiar la orientación sexual con la que se siente a gusto? Si tratamos la sexualidad como algo incómodo y lo ignoramos, caeremos en déficits de educación sexual. Una educación que necesita de diálogo honesto y abierto. La educación sexual cimienta a lo largo del crecimiento de un individuo una manera de vivir saludablemente su sexualidad.

¡Abre tu mente, luego tu boca! Por una sociedad libre, flexible y sin prejuicios.

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