The Gambler: Arturo Herrera

“Me pongo siempre a la altura de la situación para esa apuesta grande.”

-Bobby Riggs

El día de ayer la Secretaría de Hacienda y Crédito Publico, comandada por Arturo Herrera Gutiérrez, realizó una acción que si bien pudiese ser favorable para el país también podría desencadenar una situación poco favorable en un futuro no muy lejano.

Dicha acción fue colocar tres bonos que juntos constituirían la cifra de 6,000 millones de dólares. Cada uno de estos tres bonos tiene diferente periodicidad, así como también diferente tasa cupón (cantidad fija de interés anual) y tasa de rendimiento. A pesar de poder tener una mejor situación en cuanto a las tasas que se deben pagar, es cierto que México no pacto en tan malas circunstancias debido a la calificación que este tiene internacionalmente y a los montos y plazos requeridos.

Características de la apuesta

Empezaremos a detallar el monto de cada una de las apuestas y su precio a pagar. El primer bono se entiende como un voto de confianza de los mercados internacionales hacía nuestro país y es que el vencimiento es sólo a 5 años de un bono de 1,000 millones de dólares con una tasa cupón de 3.9% y una tasa de rendimiento del 4.125%.

El segundo de los bonos es el que más se solicitó debido a que ciertamente es el que tiene una periodicidad intermedia dado que representaría un plazo en el que seguramente el país ya se habría recuperado de cualquier efecto causado por el COVID-19 y tendría una seguridad de pago más fiable. Este bono tendría un vencimiento de 12 años, siendo de un monto de 2,500 millones de dólares con una tasa cupón de 4.750% y una tasa de rendimiento del 5%.

Finalmente, el tercer bono podría reflejar la seguridad en los cambios estructurales que pudiera tener la nación, además de demostrar una verdadera confianza en el país, en el manejo de la política económica y la responsabilidad de las finanzas públicas. Este bono tiene un vencimiento de 31 años, siendo de un monto de 2,500 millones de dólares con una tasa cupón de 5% y una tasa de rendimiento del 5.5%.

Endeudamiento legal

Dado a que en la Ley Federal de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2020, autorizada por el Congreso de la Unión, se permite ajustar los montos de financiamiento con la condición única de que no se exceda la cantidad estipulada en un principio, estas operaciones no se considerarían endeudamiento, dado que son proyecciones que ya se tenían.

Ahora, debemos de entender que es muy diferente que exista un monto estipulado para el financiamiento y no se utilice a que sí se utilice. Ciertamente, hacer uso de esta herramienta en términos comunes y corrientes sí representaría más deuda, pero en términos legales no se representaría como tal.

¿Perder o ganar?

Es casi un hecho que los recursos que se generaron a través de estas operaciones se utilizaran para poder hacer frente a las dificultades que se den por el COVID-19 si se hace un buen uso para incentivar la formación bruta de capital, apoyos fiscales para la micro, pequeña y mediana empresa, ayuda a las personas en calidad de desempleo por la afectación de la pandemia. Habremos logrado mucho con estos recursos y la apuesta habría sido favorable para nuestro país, ya que de estas acciones solamente se podrían esperar resultados positivos y un frente realmente formidable para enfrentar las consecuencias económicas de este mal que aqueja a todo el mundo.

Sin embargo, si se decidiese destinar en proyectos no prioritarios que a largo plazo no tendrían un beneficio notable para el país o financiando una estructura fantasmagórica como lo es Pemex, lo más seguro es que los recursos que hayamos puesto sobre la mesa no los volveríamos a ver. Teniendo más adelante que volver a recurrir a alguna actividad de este tipo o bien a pedir un préstamo al FMI.

Las cartas están sobre la mesa y la forma en que se jueguen es responsabilidad de los principales mandatarios de las Secretarías, así como del Presidente de nuestro país. Será responsabilidad de estos saber qué resultados tendrá esta gran jugada.

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