Lo que mal empieza, mal termina: El proceso legislativo de la Fiscal General de la Ciudad de México

“Hay que aprender a salir limpio de los asuntos sucios y,
si es preciso, a lavarse las manos con agua sucia”.

Jesús Reyes Heroles

Vale la pena recordarles a los desmemoriados que, en la vida parlamentaria, la oposición también participa en el ejercicio de gobierno justamente oponiéndose y en el Poder Legislativo es bienvenida la diversidad de posturas, en tanto sean bienintencionadas y no impidan la posibilidad de construir acuerdos. La pulcritud, la fineza en el trabajo parlamentario, las formas y la habilidad en la esgrima legislativa deben ser, en todo momento, un común denominador para demostrar con los hechos por delante la mejor acreditación para beneficio de la ciudadanía.    

Es válida y legítima la búsqueda de la ganancia partidaria, pero por encima de ello se encuentran las formas, la construcción de consensos a partir de las coincidencias, la generación de acuerdos y la representación ante el gobernado, sin embargo, en este Poder Local no hay apertura a la pluralidad partidaria, en esta I Legislatura MORENA, como grupo mayoritario, ejerce una mayoría sorda, no con las mejores formas ni fondos y mucho menos con pulcritud. La ambición mayoritaria y la legislación “a modo” los obliga a echar a andar una aplanadora que no saben usar.

El pasado 17 de octubre de 2019, en sesión de Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales e Iniciativas Ciudadanas y de Administración y Procuración de Justicia, se “aprobó” de manera espuria la reforma al artículo 44 de la Constitución Local, referente a los requisitos para ser titular de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México. El desconocimiento del uso de la aplanadora denominada MORENA y la falta de experiencia conllevó a un desaseo y atropello monumental al Reglamento del Congreso en dicho proceso: se arguyó en las Comisiones Unidas, en donde se “aprobó” dicha reforma, que no se deben de conformar sus votaciones por separadas sino juntas, lo cual ya es violatorio del régimen interno del Congreso Local. Pero, suponiendo sin conceder que así hubiera sido, es decir, con una votación de manera conjunta de ambas comisiones y no de manera independiente como marca el Reglamento, se quedaron muy lejos para la mayoría calificada que requiere dicha normatividad: primero dijeron que eran 13 votos y luego dijeron que eran 15, ¡ni con esa jugada fraudulenta les dieron los votos! De esta manera “aprobaron” la reforma a la Constitución sin los votos requeridos por el Reglamento para modificar los requisitos para ser titular de la Fiscalía. En tres minutos la cantidad de agravios normativos fue impresionante, no existía convocatoria ni orden del día de los asuntos a tratar. Dado que se violentó el procedimiento establecido por la normatividad interna, aquella sesión careció de validez jurídica y en consecuencia todo lo que se generó en la misma, por lo cual la reforma “a modo” para ser titular de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México no era válida.

Atento a lo establecido por la normatividad que rige al Congreso Local, al violar el procedimiento de votación de manera separada de las comisiones unidas y al no alcanzar la mayoría calificada para aprobar ese dictamen, se entiende por desechado, pese a esto, el dictamen indebidamente se “aprobó” en comisiones y en el Pleno, y la Titular, como ya se había planeado, asumió el cargo, que de origen resulta espurio tras el quebrantamiento del derecho.

Hay un partido mayoritario y se tiene que asumir porque así lo decidió la ciudadanía. Y así lo tiene que asumir la oposición, pero no debe valerse de dicha circunstancia para atropellar de manera categórica el Reglamento del Congreso y de esa manera aprobar reformas a la Constitución.

El atropello procedimental fue exhibido tan solo con el Reglamento y la Versión Estenográfica en la mano, de lo político mejor ni hablamos que de ese tamaño están los intereses en la Fiscalía, lo que mal empieza, mal termina, al tiempo…

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